El libertador Ramón Castilla,
Presidente provisorio de la República, etc.
Considerando:
Que el aumento de la población y el progreso del
comercio y de la industria, exigen que se haga la conveniente demarcación
territorial en los pueblos que han formado hasta ahora la antigua provincia de
Arica;
Decreto:
Art. 1. Se crea de nuevo la provincia de
Arica, compuesta del distrito del mismo nombre y de los de Codpa, Belen y
Socoroma : su capita sera la ciudad de Arica, y en ella residirà el subperfecto.
Art. 2. De los demàs distritos de Tacna ,
Tarata, Candarave , Ylabaya, Locumba y Sama se formará la provincia del
cercado, cuya capital será la ciudad de Tacna, y en ella residirá, comoa hasta
hoy, el perfecto del departamento de Moquegua
Dado en la casa del gobierno, en Lima, a 25 de Junio de
1855.
D. 25 de Junio de 1855. Creando de nuevo la provincia de
Arica.